Custodia compartida
Improcedencia del sistema de "casa nido" cuando no hay acuerdo
Se aborda un caso de divorcio contencioso en el que se discute la custodia compartida de un menor y la atribución del uso de la vivienda familiar. Inicialmente, la sentencia de primera instancia otorgó la custodia exclusiva a la madre y el uso de la vivienda familiar a ella y al hijo, con una pensión alimenticia a cargo del padre. Sin embargo, la Audiencia modificó esta decisión, estableciendo una custodia compartida por periodos semanales y un sistema de "casa nido", donde el menor permanecería en la vivienda familiar y los progenitores se alternarían en su uso.
El padre recurrió en casación, argumentando que el uso de la vivienda debería serle atribuido a él en exclusiva, dado que es de su propiedad y su situación económica es más precaria que la de la madre. El Tribunal Supremo estimó este recurso, considerando improcedente el sistema de "casa nido" sin acuerdo entre los progenitores, ya que requiere un alto nivel de entendimiento y coordinación, lo cual no existía en este caso debido a la mala relación entre las partes.
El Tribunal Supremo se apoya en jurisprudencia previa que desaconseja el sistema de "casa nido" en ausencia de acuerdo y cuando no es compatible con la capacidad económica de los progenitores. Finalmente, atribuye el uso de la vivienda al padre, considerando su titularidad sobre el inmueble y la capacidad de la madre para proporcionar una vivienda alternativa al menor durante su periodo de custodia.
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